Guía Concurso Traslados Personal Laboral 2016
PENDIENTE PRÓXIMA PUBLICACIÓN EN BOJA
PUEDEN PARTICIPAR
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OBLIGADOS A PARTICIPAR
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NO PUEDEN PARTICIPAR
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Personal laboral Fijo o Fijo Discontinuo incluido en
el ámbito de aplicación del VI Convenio Colectivo.
Que reúna los requisitos establecidos en la RPT y
que posea al menos 1 año de antigüedad con la condición de fijo o fijo
discontinuo en la categoría profesional desde la que se concursa (Acuerdo
14/11/2014)
Personal que se encuentre en situación de excedencia
voluntaria podrán concursar, condicionado su reingreso a la obtención del
destino que hubiese solicitado, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38
del Convenio.
Personal en situación de excedencia forzosa o
excedencia por cuidado de familiares podrán concursar, y reingresar en el
destino obtenido una vez agotado el periodo de excedencia.
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Personal Laboral en excedencia voluntaria que
hubiera reingresado en un destino con carácter provisional.
Personal que cuando accedió a la condición de
personal laboral fijo haya sido adscrito con carácter provisional a algún
puesto de trabajo y permanezca en dicha situación.
Personal laboral fijo o fijo discontinuo que, por
cualquier causa, esté adscrito con carácter provisional a un puesto, sin
destino definitivo.
La obligación se extiende a todas las plazas de su
misma categoría profesional que sean objeto de provisión en este concurso,
incluidas las ofrecidas a resultas.
No tiene obligación de participación el personal
víctima de violencia de género o del terrorismo.
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Personal Laboral Temporal
Personal Laboral Indefinido no fijo.
Personal Laboral al que se le hubiese autorizado una
permuta, si no hubiesen transcurrido 2 años de desempeño efectivo del puesto
obtenido mediante la misma, excepto aquél que tenga destino provisional, en
cuyo caso estarán obligados a participar.
Personal laboral en situación de suspensión de
empleo y sueldo por sanción disciplinaria, mientras dure dicha suspensión.
Personal laboral que haya accedido a la modalidad de
jubilación parcial.
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SOLICITUDES Y ANEXOS
La solicitud se presentará
preferentemente en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se
accederá desde la Web del Empleado.
- Si estás en un ordenador de la
Junta de Andalucía: Entrarás mediante una clave o el Certificado Digital.
- Desde cualquier otro ordenador:
Entrarás mediante el Certificado Digital.
ANEXO V
.Sólo deberá ser cumplimentado por
el personal laboral que, en su solicitud, manifieste no estar de acuerdo con
los datos que constan en su hoja de acreditación de datos en materia de experiencia
laboral en el puesto de trabajo, en su categoría profesional o en su antigüedad
o la falta de inscripción de una Titulación que sea requerida para el puesto al
que opte y se adjuntará a la misma.(Abstenerse de presentarlo por
cuestiones no relacionadas con lo marcado en rojo, como por ejemplo los cursos
formativos, ya que no se valoran este procedimiento de Traslados y retrasarían
mucho la resolución del Concurso al tener que gravar previamente lo manifestado
en el Anexo V))
SOLICITUD
El plazo de presentación será de dos
meses a contar desde el día siguiente de la publicación. Las solicitudes serán
vinculantes para quienes participen, sin que puedan modificar ni el número ni
el orden de los puestos de trabajo solicitados.
VALORACION DE MERITOS
- El tiempo de permanencia en el puesto de trabajo desde el que se concursa.
Permanencia en el puesto de trabajo
desde el que se participa. (40%) máximo 12 puntos.
0.15 puntos/mes o fracción superior
a 15 días.
- La experiencia profesional en la categoría que se ostenta.
Experiencia profesional. (40%)
máximo 12 puntos.
0.15 puntos/mes o fracción superior
a 15 días.
- Antigüedad en la Administraciones Públicas.
Antigüedad en Admón. Publicas. (20%)
máximo 6 puntos.
0.7 puntos/mes o fracción superior a
15 días.
ORDEN DE PRELACION Y SISTEMA DE
ADJUDICACION
1.- Cuando una persona sea
trasladada o desplazada de su puesto por desaparición o movilidad geográfica
forzosa, tendrá preferencia absoluta para ocupar otro puesto en el mismo
municipio o limítrofes.
En el caso de que fueran varias
personas las afectadas se decidirá conforme a la puntuación establecida para el
concurso de traslados.
Este derecho no será de aplicación a
los traslados por sanción disciplinaria.
2.- Orden de Prioridad para la adjudicación.
- Viene dado por la puntuación obtenida en el baremo.
- En caso de empate en la puntuación, el desempate, en primer lugar, al periodo de tiempo total de permanencia en el puesto desde el que se concursa; en segundo lugar, al tiempo de experiencia profesional en la categoría que se ostenta; en tercer lugar a la antigüedad total como personal laboral en cualquier Admón Pública.
- De no resolverse el empate, se dilucidará tomando la letra inicial del primer apellido, comenzando por la letra P.
3.- Los puestos de trabajo
convocados, entre los que se encuentran los que pudieran quedar vacantes a
resultas del concurso, se adjudicarán simultáneamente mediante el mismo sistema
de prelación indicado en el apartado anterior.
LISTA PROVISIONAL
En el plazo de quince días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación, las personas interesadas
podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Durante este mismo plazo, quienes
participen podrán presentar su desistimiento a la solicitud de participación.
DESTINOS
1.- La incorporación se hará en los
plazos y condiciones señalados en la Resolución, no pudiendo renunciar al
mismo, salvo que hubieran transcurrido más de seis meses entre la publicación
de la provisional y la definitiva.
2.- La no incorporación, salvo causa
de fuerza mayor, se entenderá como dimisión del trabajador.
3.- Los traslados que se deriven de
los destinos que se adjudiquen tendrán la consideración de voluntarios, por lo
que no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
4.- Al que se le adjudique un puesto
de trabajo, no podrá participar en otro concurso hasta trascurrido dos años de
desempeño efectivo en el puesto adjudicado.
5.- Las personas con discapacidad
podrán instar la adaptación de sus puestos de trabajo.